La protección contra incendios (PCI) vuelve a ocupar un lugar prioritario en el ámbito judicial tras la reciente resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) relacionada con un centro de internamiento de menores situado en Málaga. El procedimiento pone de relieve la importancia crucial del cumplimiento estricto del Código Técnico de la Edificación (CTE DB-SI), el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI) y el resto de normativa aplicable cuando un edificio cambia de uso o alberga ocupantes especialmente vulnerables. Garantizar la máxima protección contra incendios no es solo una exigencia legal, sino una necesidad vital.
Aunque el Tribunal ha rechazado, por el momento, la suspensión cautelar de la actividad del centro, la documentación incorporada al procedimiento recoge un amplio debate técnico sobre la adecuación de las instalaciones de seguridad, la correcta dotación e inspección de los extintores para una primera respuesta eficaz, la evacuación de los ocupantes y la suficiencia de los medios de protección existentes.
La resolución del TSJA: una controversia técnica pendiente de resolución
La resolución judicial analiza una solicitud de medidas cautelares promovida por una Comunidad de Propietarios que sostiene que el inmueble presenta importantes incumplimientos en materia de seguridad contra incendios. La Sala considera que, en esta fase inicial del procedimiento, no concurren los requisitos necesarios para ordenar el cierre inmediato del centro. Sin embargo, deja igualmente claro que ello no supone validar el cumplimiento de la normativa, ya que será durante el procedimiento principal cuando se valoren todas las pruebas técnicas aportadas por las distintas partes.
En consecuencia, el Tribunal entiende que existe una controversia eminentemente técnica que exige un examen detallado de informes periciales, documentación administrativa y normativa sectorial antes de adoptar una decisión definitiva.
Las principales deficiencias de protección contra incendios analizadas
El informe pericial incorporado al procedimiento describe numerosas presuntas irregularidades que afectarían directamente a la seguridad del edificio en caso de emergencia, poniendo de manifiesto cómo la carencia de un simple extintor en el lugar adecuado puede derivar en un fallo en cadena del sistema global.
Recorridos de evacuación superiores a los máximos permitidos
Uno de los aspectos más relevantes hace referencia a las vías de evacuación. Según el análisis técnico presentado, diversos recorridos desde determinadas dependencias hasta las salidas de evacuación superarían las distancias máximas establecidas por el Documento Básico SI del Código Técnico de la Edificación. Estas desviaciones alcanzarían varios metros por encima de los límites reglamentarios.
Cuando los recorridos de evacuación exceden los valores previstos por la normativa pueden incrementarse significativamente los tiempos necesarios para abandonar el edificio durante una emergencia, especialmente cuando el humo reduce la visibilidad y dificulta el desplazamiento de las personas.
Escaleras de evacuación que no reunirían las condiciones de protección
Otro de los puntos centrales del informe afecta a las escaleras utilizadas para evacuar distintas plantas. El perito sostiene que dichas escaleras no podrían calificarse como escaleras protegidas, al carecer presuntamente de la compartimentación necesaria para impedir la propagación del humo entre diferentes niveles.
La función de una escalera protegida consiste precisamente en mantener unas condiciones mínimas de seguridad durante el tiempo suficiente para permitir la evacuación de los ocupantes. Si el humo invade rápidamente la caja de escalera, esta deja de constituir una vía segura de escape, incrementándose considerablemente el riesgo para las personas.
Deficiencias en las Bocas de Incendio Equipadas (BIE)
Otro de los apartados más extensos del informe analiza la instalación de cada BIE en el inmueble. Entre las cuestiones planteadas destacan:
- utilización de equipos que, según el informe, no serían los adecuados para el uso del edificio;
- cobertura insuficiente de determinadas zonas;
- falta de justificación hidráulica;
- ausencia de documentación técnica acreditativa del funcionamiento de la instalación;
- inexistencia de determinados cálculos relativos a presión y caudal.
Las BIE constituyen uno de los primeros sistemas de intervención manual disponibles antes de la llegada de los servicios de emergencia, por lo que su correcta implantación resulta fundamental para controlar un incendio en sus primeras fases.
Cobertura insuficiente de extintores portátiles
El informe también cuestiona la distribución de los extintores portátiles. Según el análisis realizado, existirían espacios donde la distancia hasta el extintor más cercano superaría la máxima permitida por la normativa vigente. Una distribución inadecuada puede retrasar la intervención inicial sobre un conato de incendio y favorecer la propagación del fuego antes de que pueda ser controlado. La normativa española establece criterios muy concretos para garantizar que cualquier usuario pueda acceder rápidamente a un extintor sin recorrer distancias excesivas.
Casos como la reciente guía/noticia sobre: El TSJ de Andalucía examina graves deficiencias en la protección contra incendios de un centro de menores demuestran la importancia crítica de contar con una exhaustiva auditoría en la documentación y ejecución de estos sistemas.
Carencias en la documentación técnica del proyecto PCI
Uno de los aspectos que más debate genera en este procedimiento es la documentación presentada para justificar el cumplimiento de la normativa. El informe pericial sostiene que faltarían diversos documentos considerados esenciales dentro de un proyecto de protección contra incendios.
Entre ellos destacan:
- memoria hidráulica;
- cálculo de caudales;
- justificación de presiones;
- planos completos de las instalaciones;
- documentación relativa a determinados equipos;
- anexos previstos por la normativa municipal.
Asimismo, también se cuestiona la inexistencia del correspondiente informe emitido por el Servicio Municipal de Extinción de Incendios y Protección Civil, cuya intervención podría resultar necesaria dependiendo de la entidad de las obras ejecutadas y del cambio de uso del edificio.
La especial vulnerabilidad de un centro de internamiento de menores
Uno de los elementos diferenciadores del caso reside en el tipo de ocupantes del inmueble. No se trata de un edificio de uso administrativo convencional ni de un establecimiento abierto al público, sino de un centro donde residen menores sometidos a un régimen específico de internamiento.
Esta circunstancia modifica considerablemente el análisis de la protección contra incendios. Durante una emergencia, la evacuación no depende únicamente de la reacción individual de cada ocupante, sino también de la organización interna del centro, de los protocolos existentes y de la actuación coordinada del personal responsable.
Por este motivo, la normativa suele exigir soluciones especialmente rigurosas de protección contra incendios cuando los ocupantes presentan limitaciones para evacuar por sí mismos o requieren asistencia durante una situación de emergencia.
La importancia del Código Técnico de la Edificación en la protección contra incendios
El CTE DB-SI constituye actualmente el principal marco normativo para el diseño de edificios seguros frente al riesgo de incendio. Su finalidad consiste en limitar la propagación del fuego, facilitar la evacuación de los ocupantes, permitir la intervención de los servicios de emergencia y minimizar los daños materiales.
Entre otros aspectos regula:
- recorridos máximos de evacuación;
- sectorización mediante compartimentos de incendio;
- resistencia al fuego de elementos constructivos;
- escaleras protegidas;
- señalización;
- alumbrado de emergencia;
- sistemas de control de humos;
- condiciones de acceso para bomberos.
El cumplimiento de estas exigencias debe acreditarse mediante una memoria técnica suficientemente desarrollada y respaldada por la correspondiente documentación justificativa.
El papel del RIPCI en las instalaciones de protección contra incendios
Junto al Código Técnico, el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI) establece los requisitos que deben cumplir las instalaciones activas destinadas a detectar, controlar y extinguir incendios.
Entre los sistemas regulados se encuentran:
- extintores;
- Bocas de Incendio Equipadas;
- sistemas automáticos de detección;
- sistemas automáticos de extinción;
- hidrantes;
- columnas secas;
- abastecimientos de agua;
- señalización de equipos.
Además de su correcta instalación, el reglamento exige programas periódicos de inspección, mantenimiento y conservación para garantizar que todos los equipos funcionen adecuadamente cuando sean necesarios.
Cambio de uso de edificios: una fase crítica para la seguridad
Los procedimientos de cambio de uso representan uno de los momentos más delicados desde el punto de vista de la protección contra incendios. Un edificio proyectado inicialmente para oficinas, viviendas o cualquier otro destino puede requerir modificaciones sustanciales cuando pasa a albergar actividades con diferente ocupación o distintos riesgos.
Entre las actuaciones más habituales destacan:
- adaptación de recorridos de evacuación;
- instalación de nuevas BIE;
- incremento del número de extintores;
- mejora de la compartimentación;
- incorporación de detección automática;
- instalación de sistemas de control de humos;
- adecuación del alumbrado de emergencia.
Cada modificación debe justificarse técnicamente mediante proyectos redactados por profesionales competentes.
Por qué la documentación técnica resulta determinante en un procedimiento judicial
Este procedimiento demuestra que la documentación técnica adquiere una enorme importancia cuando surge una controversia sobre el cumplimiento de la normativa. Los tribunales no sustituyen el criterio técnico de los especialistas. Su función consiste en valorar la prueba aportada por las partes y determinar cuál ofrece mayor solidez desde el punto de vista jurídico y pericial.
Por ello, memorias de cálculo, certificados de instalación, informes de mantenimiento, planos, ensayos y proyectos adquieren un valor decisivo durante el proceso. Una documentación incompleta puede generar dudas que, posteriormente, deberán resolverse mediante nuevos informes o pruebas periciales.
Qué implica la decisión del TSJ de Andalucía
La resolución del TSJA no declara que el edificio cumpla ni incumpla la normativa de protección contra incendios. Únicamente concluye que, en la fase cautelar del procedimiento, no existen elementos suficientes para justificar el cierre inmediato del centro mientras se resuelve el litigio.
Será la sentencia definitiva la que determine:
- si las deficiencias denunciadas existen realmente;
- si afectan al cumplimiento del Código Técnico y del RIPCI;
- si la actuación administrativa fue ajustada a Derecho;
- qué consecuencias jurídicas deben derivarse, en su caso, de las conclusiones alcanzadas.
Hasta entonces, el procedimiento continúa abierto y todas las cuestiones técnicas seguirán siendo objeto de análisis pericial y judicial.
El caso examinado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía pone de manifiesto la trascendencia de diseñar, ejecutar y documentar correctamente cualquier proyecto de protección contra incendios, especialmente cuando se trata de edificios destinados a albergar personas vulnerables.
La correcta aplicación del Código Técnico de la Edificación, del Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI) y de las ordenanzas municipales no constituye únicamente una exigencia administrativa, sino un elemento esencial de la protección contra incendios para garantizar la seguridad de los ocupantes y facilitar una evacuación eficaz en caso de emergencia.
Asimismo, este procedimiento recuerda que la existencia de informes técnicos contradictorios obliga a un análisis exhaustivo por parte de los tribunales, que deberán valorar todas las pruebas antes de pronunciarse definitivamente sobre la legalidad de las actuaciones impugnadas y sobre el verdadero alcance de las presuntas deficiencias detectadas.

